EL CONTENIDO DE NUESTRA ALABANZA

PASTOR ANGEL ALVAREZ

EL CONTENIDO DE NUESTRA ALABANZA
EL CONTENIDO DE NUESTRA ALABANZA
 
Por qué debemos cantar salmos, himnos y cánticos espirituales.
 
El fin principal del hombre es glorificar a Dios y gozar de él para siempre. Un aspecto fundamental por el cual el hombre le glorifica y se goza de él es la adoración. La cuestión que abarcamos en este artículo no es tanto el hecho de que la iglesia de Cristo debe adorar a su Salvador y Señor. Más bien, este escrito se centra en el contenido de nuestra alabanza. El presente artículo trata de establecer la siguiente verdad, a saber, que el canto de salmos, himnos y cánticos espirituales es la forma bíblica de adorar a Dios, y que la salmodia exclusiva no tiene cabida en las Escrituras.
 
RAZONES POR LAS CUALES LOS CREYENTES DEL NUEVO TESTAMENTO DEBEN CANTAR SALMOS, HIMNOS Y CÁNTICOS ESPIRITUALES.
 
I. Pasajes que sugieren que Dios desea que su pueblo le alabe, sin especificar que las palabras que deben cantar estén restringidas a los Salmos.
 
Los defensores de la salmodia exclusiva suelen argumentar: ¿Dónde ha aprobado Dios, en su Palabra, que le cantemos alabanzas a través de otras palabras que no sean sus Salmos? La respuesta es sencilla: en los Salmos mismos. Los Salmos nos mandan cantar acerca de las “obras” de Dios. Estas obras, necesariamente, incluyen sus obras de la encarnación de Cristo. Los Salmos mismos nos dicen que debemos “dar gracias” en canto; y debemos darle gracias a Dios por darnos a su Hijo para morir por nosotros. Los Salmos nos enseñan que debemos “anunciar de día en día su salvación” en canto; y la muerte y resurrección de Cristo son una parte constituyente del mensaje bíblico de salvación. Los Salmos mismos nos enseñan que debemos alabar a Dios porque “formidables, maravillosas son sus obras”; y la humillación y exaltación de Cristo son realmente formidables y maravillosas. Los Salmos nos enseñan que debemos “contar todas sus maravillas”, lo cual significa que no podemos excluir ninguna de ellas. ¿Quién negaría que la muerte y resurrección de Cristo son los aspectos principales de las maravillas de Dios? Podemos ver, por tanto, que los Salmos mismos exhortan al pueblo de Dios a dar gracias y a alabar a Dios por todos sus actos poderosos de creación y redención.
 

Los defensores de la salmodia exclusiva podrían argumentar en este punto de dos maneras: sugiriendo que la evidencia histórica nos lleva a concluir que el pueblo judío habría entendido todas estas referencias a los Salmos canónicos; o sugiriendo que ninguna de estas categorías es una referencia a la adoración corporativa pública.

Al primer argumento, podríamos preguntar: Si "cantar alabanzas al Señor" significa "cantar salmos canónicos/inspirados al Señor", ¿por qué los pasajes no lo dicen sencillamente? Si el salmo nos manda cantar, y contar "todas sus obras", ¿significa esto que Dios no realizó nunca ninguna obra cuando fueron terminados los cinco libros del Salterio? En verdad, hay algunos pasajes que dicen que alabemos a Dios cantando "salmos", y se podría argumentar que tales pasajes se refieren a los salmos canónicos (aunque este no es un caso necesariamente convincente, ya que la palabra "salmo" se refiere meramente a una canción acompañada por un instrumento de cuerda). Pero el caso es que la misma presencia de estos pasajes muestra que el salmista podría haber dicho: "Cantar alabanza a Dios con un salmo (canónico/inspirado)", si así lo hubiese querido. Siguiendo esta hermenéutica de la salmodia exclusiva, también podríamos tomar cada exhortación del apóstol Pablo a la oración en sus epístolas como una referencia a la llamada "Oración del Padrenuestro", y decir que lo que estos pasajes requieren/permiten no es que oremos oraciones de composición humana, sino que oremos la oración toda-suficiente que Cristo mismo nos enseñó.

El segundo argumento tampoco tiene peso. ¿Es razonable pensar que Dios nos manda cantar todo ese rango de sus obras ("todas sus maravillas") en general en cualquier sitio donde

estemos, pero nos dice que no debemos hacerlo cuando nos reunimos a adorarle públicamente? Tomemos el siguiente ejemplo: ¿podemos imaginar que Dios hubiese mandado a Nadab y Abihú ofrecerle fuego extraño en cualquier otro sitio, pero cuando lo hicieron en el tabernáculo les castigó con la muerte? O, ¿podríamos cantar un salmo canónico en la adoración corporativa que contiene el imperativo de cantar las obras y actos de Dios en general, pero no cantar la obra misma que se nos exhorta a cantar de manera explícita? ¿Podemos cantar las palabras "anunciad de día en día su salvación", pero no podemos cantar las palabras "Jesús es mi Salvador"? ¿Es bíblico cantar "Jehová es mi Pastor", pero la cosa cambia cuando cantamos "Jesús es mi Pastor"? Muchos defensores de la salmodia exclusiva citan estos pasajes que exhortan a la alabanza al comienzo de sus cultos de adoración como llamamientos bíblicos a la adoración. Si consideran sinceramente estos pasajes como textos irrelevantes para la adoración corporativa, entonces deberían ser consistentes y no usarlos en ese contexto. Debido a que tales palabras están registradas en los salmos, y esos salmos fueron empleados en la adoración corporativa de Israel, se sigue que fueron dirigidos al pueblo corporativo de Dios como adoradores en su adoración. Por tanto, creemos que la Palabra de Dios exhorta al pueblo corporativo de Dios en sus reuniones corporativas para cantarle alabanzas, darle gracias, y cantar acerca de sus obras, sin restringir ninguno de sus cantos, ya sea en sus palabras o en su contenido, a los salmos canónicos. Algunos ejemplos los tenemos a continuación:

- Pasajes que enseñan que hemos de alabar o dar gracias a Dios, sin restringir el contenido de tal alabanza o acción de gracias a los salmos canónicos o a la literatura inspirada. Estos pasajes son similares a aquellos que nos exhortan a orar, sin restringir el contenido de tal oración a los salmos canónicos o al resto de la literatura inspirada (Sal.30:4; 33:3; 47:6; 68:4; 81-3; 84:4; 92:1; 95.1; 98:4-5; 100:2; 147:7; 149.1; 149:5).

- Pasajes que enseñan que debemos alabar o dar gracias a Dios por sus "obras", sin especificar cuáles son esas "obras" y, por tanto, aprobando la alabanza o acción de gracias de cualquiera de sus obras (Sal.9:11; 66:1-4; 98:1; 105:2; Is.12:5).

- Pasajes que enseñan que hemos de alabar o dar gracias a Dios por sus actos redentores/soteriológicos que, presumiblemente, incluirían su acto supremo redentor en Cristo (Sal.96:1-2).

- Pasajes que enseñan que debemos alabar o dar gracias a Dios por sus atributos (Sal.135:3).

II. Pasajes que demuestran la similitud entre el canto y la oración.

Sal.42:8: "Pero de día mandará Jehová su misericordia, y de noche su cántico (ᾠδὴ) estará conmigo, y mi oración (προσευχὴ) al Dios de mi vida".

Este pasaje es significativo de por sí, pero especialmente en la relación a la similitud entre "canto" y "oración", la cual aparece de nuevo en el Salmo de Moisés (Salmo 90), el cual es titulado en la LXX una προσευχὴ (oración) de Moisés. Esta es la base léxica para Calvino, Bucer, etc., en la que concluyen que las "oraciones" de Hechos 2:42 incluyen varios aspectos devocionales de los santos congregados, oraciones que son habladas y aquellas que son cantadas (F. F. Bruce hace referencia a τῇ προσευχῇ en Hechos 1:14 y 6:4, y a ταῖς προσευχαῖς en 2:42 de esta manera, como "la adoración regular de la iglesia", y "el culto señalado de la oración", pp. 152 y 74 de su libro Hechos de los Apóstoles: el texto griego con introducción y comentario, 1951). Y es significativo porque muestra la superficialidad del argumento de la salmodia exclusiva de que podemos orar en palabras de "humana composición", pero no podemos cantar legítimamente tales palabras. La oración y el canto no están tan rígidamente separados categóricamente en las Escrituras como lo hacen los defensores de la salmodia exclusiva; tienes muchas más similitudes (cuando el hombre se dirige a Dios) que diferencias; y, por tanto, no tiene sentido que uno esté gobernado por un principio regulativo diferente al otro. El prefacio al Salmo 102 lleva el título: "Oración (προσευχὴ) del que sufre", y el prefacio al Salmo 142 también es una "Oración" (προσευχὴ), indicando de nuevo que muchos de los que

llamamos "salmos" canónicos son, en realidad, oraciones. Así que, ¿por qué algunas oraciones pueden ser de composición humana pero otras oraciones requieren inspiración?

Un argumento similar se encuentra en Hechos 16:25: Κατὰ δὲ τὸ μεσονύκτιον Παῦλος καὶ Σιλᾶς προσευχόμενοι ὕμνουν τὸν θεόν. Dice así: "orando Pablo y Silas, cantaban himnos a Dios". El participio (προσευχόμενοι, "orando") es subordinado al verbo principal (ὕμνουν), y literalmente tiene esta traducción: "orando cantaban a Dios"), indicando que los cantos de alabanza son muy similares, bíblicamente, a la oración.

La importancia de esta relación entre el canto y la oración para el tema que estamos tratando es significativa, ya que esta consideración presenta un gran problema para los defensores de la salmodia exclusiva. Generalmente, ya es problemático que la salmodia exclusiva argumente que las palabras de los cantos de alabanza deben ser inspirados, y restringirlos al Salterio canónico, mientras que las palabras de otros elementos de la adoración no son restringidos de la misma manera (los ministros nos pueden hablar, en nombre de Dios, con palabras no inspiradas, pero solo podemos hablar a Dios en palabras inspiradas). Pero la dificultad se hace más grande cuando pretenden que dos elementos de la adoración que son tan similares en las Escrituras (la oración y la alabanza) se regulen de manera diferente. ¿Cuál es la naturaleza de los cantos de alabanza o de acción de gracias que requiere que nuestras palabras sean restringidas a los salmos canónicos, mientras que las oraciones habladas de alabanza o de acción de gracias no están tan restringidas? ¿Sería lícito, por ejemplo, que un ministro orase (no cantase, sino hablase): "Santo, santo, santo, Señor Omnipotente; siempre el labio mío loores te dará", pero no sería legítimo que cantase esas mismas palabras con una melodía? ¿Podría orar "¡Somos limpios en su sangre! ¡Gloria, gloria, al Redentor!", y, sin embargo, no podría cantar las mismas palabras melódicamente? Una respuesta afirmativa a tales cuestiones demanda una explicación bíblica, especialmente cuando Dios, en su Palabra (Sal.42:8; Sal.102 y Hech.16:25), virtualmente ha igualado el canto y la oración.

III. Pasajes del Nuevo Testamento que muestran que la iglesia ha de alabar a Dios sin restringir sus palabras a los Salmos.

Los Salmos nos exhortan a cantar acerca de todas las obras de Dios y todos sus actos redentores. Y cuando vamos al Nuevo Testamento, allí se nos exhorta explícitamente que debemos cantar de manera específica las realidades neotestamentarias con lenguaje neotestamentario; es decir, no limitarnos a un lenguaje de sombras y tipos, sino cantar la "sustancia misma".

- Colosenses 3:16: "La palabra de Cristo more en abundancia en vosotros, enseñándoos y exhortándoos unos a otros en toda sabiduría, cantando con gracia en vuestros corazones al Señor con salmos e himnos y cánticos espirituales".

Fijémonos en lo que muchas veces pasamos por alto – el comienzo de este versículo. ¿Qué quiere decir "la palabra de Cristo"? Se refiere al evangelio, la doctrina de Cristo, la verdad que tiene a Cristo como su tema central. Además, dice que la palabra de Cristo debe morar en nosotros "en abundancia". De modo que el evangelio debe morar en nuestros corazones abundantemente y en su plenitud. Y la razón de ello es para dar contenido y centralidad a nuestra alabanza para la edificación de la iglesia. El canto debe ser edificante y escriturístico. Se canta demasiada basura en las iglesias y carente de contenido cristológico. "La palabra de Cristo more en abundancia en vosotros" significa que, para que nuestro canto sea bíblico, debe ser escriturístico, y debe ser una presentación del Señor Jesucristo en toda su plenitud. Esto es lo único que edifica a la iglesia en su alabanza.

- Hebreos 13:15: "Así que, ofrezcamos siempre a Dios, por medio de él, sacrificio de alabanza, es decir, fruto de labios que confiesan su nombre".

Este pasaje también es muy relevante para el caso. Dice que hemos de ofrecer sacrificio de alabanza a Dios. El término "sacrificio de alabanza" está prestado de las Escrituras del Antiguo Testamento. Pero, ¿quién es aquel por medio del cual debemos ofrecer dicho sacrificio de alabanza? Cristo, por supuesto. Además dice que en esa alabanza debemos confesar el nombre

de Cristo. Pero, ¿qué nombre es este? El nombre de "Jesús" (v.12). Aquí tenemos un pasaje que nos exhorta, explícitamente, a alabar a Dios confesando el nombre de Jesús. Por mucho que quiera argumentar la salmodia exclusiva, si se limita a los salmos canónicos, jamás podrá cumplir la exhortación de este pasaje, ya que nunca podrán mencionar el nombre de "Jesús" en la alabanza corporativa del pueblo de Dios, y el pasaje nos exhorta a hacerlo "siempre".

- Hechos 2:41-42: "Así que, los que recibieron su palabra fueron bautizados; y se añadieron aquel día como tres mil personas. Y perseveraban en la doctrina de los apóstoles, en la comunión unos con otros, en el partimiento del pan y en las oraciones".

Una de las cuestiones con respecto a Hechos 2:42 es si meramente presenta la actividad de aquellos creyentes en el día de Pentecostés, o si presenta su vida corporativa subsecuente como pueblo de Dios. Como dice Calvino, lo segundo es lo más probable (Calvino establece el carácter frecuente de la comunión de los creyentes, en parte, apelando a este texto. Institución, 4.17.44), y que este texto es regulativo como una descripción de la iglesia primitiva bajo la autoridad apostólica. El verbo traducido "perseveraban" (προσκαρτεροῦντες) no describe el estado sicológico de aquellos que estaban presentes, o su grado de celo; más bien, este verbo es empleado por Lucas para indicar aquellos aspectos que son preservados y continuados como aspectos no negociables. Así es empleado en Hechos 6:3-4, por ejemplo: "Buscad, pues, hermanos, de entre vosotros a siete varones de buen testimonio, llenos del Espíritu Santo y de sabiduría, a quienes encarguemos de este trabajo. Y nosotros persistiremos (προσκαρτερήσομεν) en la oración y en el ministerio de la palabra". Los apóstoles determinaron persistir o perseverar en su deber innegociable de la oración y el ministerio de la Palabra. En Hechos 2:42, entonces, no tenemos un caso de lo que meramente hicieron los creyentes congregados en una ocasión aislada, sino aquello en lo que persistieron de forma constante y regular, bajo la supervisión y aprobación apostólica.

Si aceptamos que este pasaje muestra la actividad de la iglesia apostólica primitiva bajo el cuidado apostólico y con la aprobación apostólica, entonces descubrimos su relevancia para el orden de nuestras iglesias en la época del Nuevo Testamento, como enseñó Calvino. Especialmente, nos daremos cuenta del aspecto crucial sobre cómo entender "oraciones" (ταῖς προσευχαῖς). ¿Debemos entender que la iglesia apostólica fue una iglesia que no cantaba, o es más que probable que el término aquí incluye tanto las oraciones cantadas como las oraciones habladas? F. F. Bruce sugiere que esta expresión es una referencia a la adoración devocional de la iglesia en general. Así como el Salmo de Moisés (90) es mencionado como una "oración" (προσευχὴ) de Moisés, también debemos entender la expresión aquí como una referencia a todos los aspectos devocionales de los santos a Dios, ya sean hablados o cantados. Por supuesto, este pasaje no indica explícitamente si estas "oraciones" eran Salmos del Antiguo Testamento u otros, ya que Hechos 2:42 no hace referencia a ello. Pero es relevante sobre la cuestión de si el lenguaje de la Biblia hace una clara distinción entre canto y oración. Y parece que no hace dicha distinción como lo hacen los defensores de la salmodia exclusiva. Tanto la oración como la alabanza son elementos muy similares de adoración, elementos de adoración que, bajo ciertas circunstancias, pueden ser mencionados con el uso de un solo término genérico, προσευχὴ. Hechos 2:42, entonces, tiende a militar contra el punto de vista de la salmodia exclusiva que afirma que la oración y la alabanza son elementos tan distintos de la adoración que deben ser regulados de manera diferente.

- Los Cantos en Apocalipsis.

Los cantos de Apocalipsis son muy relevantes para la cuestión de si los 150 Salmos canónicos son "suficientes" (como argumentan los defensores de la salmodia exclusiva) para la adoración de las asambleas hoy día. Claramente, esos cantos no son Salmos canónicos del Antiguo Testamento, y algunos son explícitamente cristológicos; los 150 Salmos canónicos no son suficientes para los redimidos en el cielo; y los redimidos en el cielo ven lícito, si no necesario, ofrecer adoración expresa al "Cordero que fue inmolado", no meramente a algún tipo davídico del mismo. Debido a que el patrón celestial/escatológico es aquel que nos esforzamos por

seguir, es muy apropiado que esos cantos sean un ejemplo a seguir por nosotros con nuestros cantos aquí en la tierra, a saber, a no estar restringidos por los Salmos canónicos y a ser expresa y explícitamente cristológicos.

Estos cantos celestiales, por tanto, presentan dos desafíos sustanciales a la salmodia exclusiva: o bien requiere de nosotros (si la salmodia exclusiva es correcta) que creamos que la adoración celestial, perfecta y escatológica, la cual nos esforzamos diariamente en seguir, no es un patrón para lo que es lícito en la tierra; o claramente refutan uno de los argumentos de la postura de la salmodia exclusiva, que es que los salmos canónicos son suficientes para la adoración cristiana.

La cuestión no es el canto de los Salmos. Debemos cantar los Salmos. El problema reside en aquellos que enseñan que debemos cantar solo los Salmos. Pensemos bien en lo que la salmodia exclusiva prohíbe y requiere. La salmodia exclusiva prohíbe que la iglesia cante "Cuán dulce el nombre de Jesús es para el hombre fiel", "Santo, santo, santo, Señor Omnipotente", etc. Sin embargo, manda explícitamente que cantemos: "Hija de Babilonia la desolada, bienaventurado el que te diere el pago de lo que tú nos hiciste. Dichoso el que tomare y estrellare tus niños contra la peña", o el Salmo 109:6-20 con sus expresiones de maldición.

LA FALTA DE RIGOR BÍBLICO DE LA SALMODIA EXCLUSIVA.

A continuación, vamos a tratar algunos de los argumentos más característicos que presentan los defensores de la salmodia exclusiva, y presentar los problemas que deben afrontar con dicha postura.

I. El progreso de la revelación (y de la historia de la redención).

No cabe duda de que la revelación divina es progresiva, y en este sentido los defensores de la salmodia exclusiva tienen un grave problema. Nadie puede negar que el Salterio mismo (los Salmos) tuvo un progreso histórico, que los Salmos más antiguos fueron suplementados por otros más recientes. A lo largo de las épocas en que los Salmos fueron compuestos, también fueron compuestos nuevos cantos para celebrar (o lamentar) nuevos desarrollos históricos. Y mientras que los defensores de la salmodia exclusiva aceptan este hecho sin reservas, argumentan sin ninguna explicación plausible que este progreso de revelación, y el progreso correspondiente en la producción de material devocional, ha cesado con la finalización de los Salmos canónicos.

Más bien, el mensaje implícito del Salterio mismo es este: según iba Dios llevando a cabo nuevos actos de la redención, su pueblo respondía adecuadamente en alabanza y acción de gracias a esos nuevos actos, componiendo nuevo material devocional que correspondía a los nuevos actos de Dios. Es decir, cuando los israelitas regresaron de Babilonia, no cantaron meramente Salmos acerca de la liberación de Egipto, aun cuando uno podría ver ciertamente el Éxodo como un "tipo" de la liberación posterior. Antes, a pesar de la analogía/tipología obvia, compusieron nuevos cantos para expresar su gratitud por ese acto específico de liberación. A lo largo de la historia de Israel vemos un triple patrón de forma evidente: acto – interpretación profética – canto. Dios actúa, sus profetas interpretan esos actos, y el pueblo responde con un canto apropiado. La "cesación" de nuevos Salmos en el Antiguo Testamento corresponde idénticamente con la cesación de la revelación misma en el Antiguo Testamento; es decir, cuando los actos distintivos de Dios, proféticamente interpretados, cesaron, la composición de nuevos cantos también cesó. Pero cualquier israelita que vivió en el período entre los dos testamentos con toda certeza habría esperado que el patrón acto – interpretación profética – canto hubiese continuado en la siguiente época de su historia.

Cuando Cristo entró en la historia de la humanidad en su encarnación, y murió y resucitó a favor del pueblo de Dios, uno esperaría, a base del patrón revelado en los mismos Salmos, que habría una interpretación profética de este gran acto de Dios, y que habría cantos compuestos en respuesta a ese acto. Es por esta razón que rechazamos los argumentos de la salmodia exclusiva.

No los rechazamos porque no tengan ningún uso; tienen ciertamente un uso en el Nuevo Testamento. Pero creemos que no tienen el peso que se le da por los defensores de la salmodia exclusiva. Si no se compusieron más cantos con la finalización del Salterio, como afirman los defensores de la salmodia exclusiva, ¿cómo se podría explicar el silencio del pueblo de Dios, que compuso cantos de alabanza, gracias y lamento a cada momento comparativamente menor en la historia de la redención, cuando el acto redentor más supremo y grandioso tuvo lugar? ¿Qué ha sellado la boca de un pueblo que una vez componía y cantaba? ¿Qué ha restringido la composición devocional de un pueblo agradecido a Dios? El canto de Apocalipsis, "el Cordero que fue inmolado es digno...", es precisamente lo que uno esperaría. Y, no obstante, paradójicamente, debemos esperar a estar en el cielo para cantar ese canto. Podemos cantar acerca del Cordero de forma tipológica con los Salmos canónicos, pero no podemos cantar acerca del Cordero explícitamente (cosa que hacen los creyentes en su estado escatológico); aun cuando Israel podía cantar explícitamente acerca de la liberación de Babilonia, y no estaba restringido a cantar acerca de ellos tipológicamente a través de los Salmos del Éxodo.

Este patrón de acto – interpretación profética – respuesta devocional, que Dios ha establecido desde el principio, se repite a lo largo de la historia. Por tanto, la salmodia exclusiva, que interrumpe este patrón en su clímax, debe explicar al pueblo de Dios por qué este patrón ahora ha sido desechado justo en el momento cuando la sombra ha dado lugar a la realidad misma.

En ocasiones, los defensores de la salmodia exclusiva argumentan así: "Es instructivo que en la institución de la Cena del Señor, Jesús y los discípulos cantaron un salmo (probablemente el Hallel 118). Sin lugar a dudas, la institución de la Cena del Señor marca un comienzo del período de transición del rito del Antiguo Testamento a su equivalente en el Nuevo, pero es significativo que fueron los Salmos lo que cantaron en este preciso momento de transición". Pero, ¿por qué es significativo? ¿Qué otra cosa podrían haber cantado en ese momento? ¿Podrían haber cantado "El Señor resucitó" antes de resucitar, por ejemplo? ¿Podrían haber cantado "Cabeza ensangrentada" antes de la cruz? En su institución histórica original, la Cena del Señor fue en sí misma profética de eventos que aún no habían ocurrido; así que todavía no se habían compuesto himnos para celebrar aquellos eventos que todavía no habían tenido lugar. Jesús y sus discípulos, por tanto, cantaron lo que los judíos cantaron en la Pascua, que es lo que uno habría esperado en ese momento.

Otra forma de argumentar de los defensores de la salmodia exclusiva (por ejemplo, Michael Bushell, en su obra Los Cantos de Sion, pág.79. Bushell es uno de los máximos y más competentes defensores de la salmodia exclusiva, lo cual se puede ver en su obra mencionada anteriormente) es la siguiente: "Así como nuestro Señor escogió morir con las palabras de un salmo en sus labios, ¿no deberíamos nosotros vivir de igual manera?". En ese caso, bien podríamos preguntar: Así como nuestro Señor murió sin un Nuevo Testamento canónico, ¿no deberíamos nosotros vivir de igual manera? Por supuesto que no. Cristo vivió en la época del Antiguo Testamento, así que no podemos tomar su ejemplo en este asunto de lo que debemos cantar en el Nuevo Testamento, ya que nosotros ahora vivimos en la administración del Nuevo Pacto que Cristo selló con su sangre. Cristo mismo dijo que todavía había cosas que debían añadirse a lo que él dijo durante su ministerio en la tierra: "Aún tengo muchas cosas que deciros, pero ahora no las podéis sobrellevar. Pero cuando venga el Espíritu de verdad, él os guiará a toda la verdad; porque no hablará por su propia cuenta, sino que hablará todo lo que oyere, y os hará saber las cosas que habrán de venir. El me glorificará; porque tomará de lo mío, y os lo hará saber". La oración del Padrenuestro podría ser una ilustración de esta verdad. Samuel Miller en su obra Pensamientos sobre la oración pública, pág.51-53, dice: "Debido a que esta oración fue dada antes de que la iglesia del Nuevo Testamento fuese establecida, fue estrictamente adaptaba a la antigua economía más bien que a la nueva...En esta oración hay una gran ausencia de lo que después fue prescrito por un precepto explícito del mismo Maestro divino, a saber, pedir todas las bendiciones en el nombre de Cristo...Esta ausencia no implica un defecto de dicha oración en el momento que fue dada. Ese gran evento no había tenido lugar, así que todavía no era apropiado y adecuado en esas circunstancias".

Vemos, por tanto, que la administración del Nuevo Pacto requiere y necesita de ciertas cosas que la antigua administración no podía cubrir, como los sacramentos cristianos, los oficios cristianos de la iglesia, las oraciones cristianas, y sí, los himnos cristianos.

II. Una visión mecanicista de la inspiración.

Los defensores de la salmodia exclusiva también suelen argumentar que los israelitas cantaron los Salmos porque Dios les dio, por inspiración, una colección de literatura inspirada. Este argumento parecería correcto, si no tuviésemos en cuenta todos los hechos. Los israelitas cantaban tales cosas como el canto de liberación de Egipto, el canto de Débora, etc. en adición a los cantos que más tarde se recogieron en el Salterio. Y podemos perfectamente concluir que los cantaban por las mismas razones: que eran correctos, que eran respuestas apropiadas a la persona y las obras de Dios, y que eran aprobados por los oficiales del pacto. Nada en la narración bíblica sugiere que alguno de los autores de estos cantos fuese consciente de ser inspirado cuando los escribieron; y, más importante todavía, nada en la narración bíblica sugiere que los demás así lo pensasen. Es decir, los cantaban porque eran apropiados, correctos y aprobados. Más tarde, mucho (pero no todo) de lo que fue apropiado, correcto y aprobado, fue recogido en cinco libros que forman nuestro libro de Salmos actual. Solo después de este hecho, sin embargo, podemos decir que fueron conocidos como inspirados. Y sobre la misma base, podríamos afirmar que el canto de Débora, entre otros muchos, fue también inspirado, aunque no se encuentre en el Salterio. Por tanto, el Antiguo Testamento mismo enseña que los santos del Antiguo Testamento cantaban una variedad de material mayor que el que fue más tarde recogido en el Salterio canónico. Es profundamente irónico, entonces, si los santos del Nuevo Testamento no pudiesen cantar más de lo que cantaron los santos del Antiguo Testamento, sino menos. Incluso los israelitas no practicaban la salmodia exclusiva.

La salmodia exclusiva adopta una posición ajena al Antiguo Testamento mismo; ajena porque no admite el crecimiento progresivo de la literatura devocional a la par con la historia redentora, y ajena porque excluye de la adoración corporativa cantos fuera del Salterio que cantaban los santos del Antiguo Testamento. Los que cantamos himnos adicionales, los incluimos bajo los mismos principios que siguieron los santos en el Antiguo Testamento: cantamos cantos que se ajustan a las nuevas realidades históricas redentoras; cantos que son teológicamente apropiados; cantos que son aprobados por los oficiales del pacto.

La categoría "himnos de humana composición" también es aplicable a los diversos cantos del Antiguo Testamento; ya sea aquellos que fueron incluidos en el Salterio o no. Los humanos los escribieron. Así como los autores del Nuevo Testamento escribieron sus obras, bajo inspiración, también fue con los autores de la literatura devocional del Antiguo Testamento. No hay nada en la doctrina ortodoxa de la inspiración que sugiera que, bajo inspiración, dichas personas escribieron mejor prosa o versos de un estilo superior que lo que hicieron en otras ocasiones. La inspiración no hace a un hombre con menos retórica un hombre con más retórica (de hecho, encontramos diferencias de estilo entre los diversos autores inspirados; y, humanamente hablando, uno podría decir que unos escribían con "mayor" o "mejor" estilo que otros). No hay, por tanto, nada de impío en cantar himnos compuestos por humanos; los santos del Antiguo Testamento hicieron esto mismo. De hecho, si uno tuviese que comparar los diversos cantos del Antiguo Testamento que no se encuentran en el Salterio con aquellos que sí se encuentran en él, uno encontraría pocas, si no ninguna, diferencias estilísticas.

Si comparamos los diversos cantos del Antiguo Testamento (canónicos y no canónicos) con los mejores cantos pos-canónicos, encontramos las mismas características: un gran amor por Dios; un deseo ferviente de que venga su reino; todo esto combinado con una comprensión bíblica de la condición humana a la luz del juicio y la gracia de Dios; etc. Por tanto, no es una cuestión de impiedad hacia Dios quien ha inspirado su Salterio, sino de piedad hacia nuestro Creador/Redentor, lo que nos lleva a adorarle con literatura inspirada y literatura no inspirada.

III. La insuficiencia de las Escrituras del Antiguo Testamento.

Para establecer este punto en cuestión, tomaremos el argumento de Michael Bushell como representativo en este punto. Argumenta que la salmodia exclusiva es una correlación necesaria de la doctrina de la suficiencia de las Escrituras, y que, en realidad, todo el argumento para la salmodia exclusiva descansa sobre ella: "La afirmación de la suficiencia del Salterio es de tal importancia estratégica, de hecho, que todo el argumento para la salmodia exclusiva permanece en pie o cae junto con su defensa. Es aquí, en último lugar, que el debate a favor de la salmodia exclusiva es ganado o perdido" (pág.11-12, énfasis añadido). El punto de vista de Bushell sobre la suficiencia de las Escrituras difiere del de la mayoría de los reformados en la historia al acercarse peligrosamente a la sugerencia de que las Escrituras del Antiguo Testamento son suficientes sin la adición del Nuevo Testamento. Notemos esta cita suya: "Cada aspecto del camino de la salvación encuentra expresión en el Salterio de una forma tan clara con respecto a todos sus aspectos como las que encontramos en el Nuevo Testamento" (pág.20, énfasis añadido). Ahora, si "cada aspecto" es tan establecido en el Salterio de una forma tan clara y convincente como lo es en el Nuevo Testamento, uno se pregunta qué necesidad tenemos para el Nuevo Testamento. Uno también se pregunta por qué los apóstoles predicaron, en vez de meramente leer los Salmos canónicos. ¿Por qué, por ejemplo, Pedro no se limitó a leer unos pocos Salmos en el día de Pentecostés, y decir a los que estaban congregados: "Está tan claro y convincente que no es posible expresarlo mejor; realmente no pudo añadir nada más"? Cuando el etíope eunuco le preguntó a Felipe sobre Isaías 53, ¿por qué Felipe no se encogió simplemente de hombros y dijo: "No sé; está tan claro y convincente como es posible expresarlo"? ¿Por qué Jesús mismo no caminó en silencio durante su ministerio sobre la convicción de que todo sobre la redención ya estaba revelado en el canon del Antiguo Testamento – "Escudriñad las Escrituras porque en ellas tenéis vida eterna, eso es todo lo que tengo que decir al respecto; está "tan claro y evidente como es posible ponerlo"? Hacer la pregunta es responderla. Las Escrituras del Antiguo Testamento no son suficientes para revelar al mundo el cumplimiento de la redención de Dios en Jesús de Nazaret, el Mesías; no son suficientes para revelar a la iglesia su ética o gobierno; y no son suficientes para revelar todos los aspectos del Dios Trino, ya sea ontológicamente como en la economía de la salvación. Por estas razones, tampoco son suficientes para expresar la adoración de los santos que están familiarizados con las realidades del Nuevo Testamento. Y, si fuesen suficientes, ¿por qué los santos escatológicamente redimidos, cuya adoración se nos presenta en el Apocalipsis de Juan, no han hecho uso de esos Salmos? ¿Por qué los santos en su estado consumado adoran con otro medio que no sean los Salmos del Antiguo Testamento, si esos salmos son suficientes?

El argumento parece ser el siguiente: ya que tenemos la colección inspirada de material devocional, ¿no deberíamos asumir que esta colección inspirada está completa? Pero esto muestra que se confunde lo que es inspirado con lo que es suficiente. En cualquier momento anterior a la finalización del canon de las Escrituras, teníamos un material inspirado pero no suficiente. Incluso el conjunto de material anterior a este momento era una colección inspirada pero no suficiente. Bien podríamos decir que, ya que los proverbios inspirados son una lección de sabiduría, no necesitamos mirar en ningún otro lugar de las Escrituras o en el orden natural para encontrar sabiduría. El hecho de que tengamos una colección maravillosa de dichos sabios inspirados, no significa que tal colección es suficiente para el caso que nos ocupa. Jesús mismo nos enseñó a orar; y según el razonamiento de la salmodia exclusiva, ¿no deberíamos limitar nuestras oraciones a recitar solamente la oración del Señor?

El hecho de que tengamos la enseñanza del Antiguo Testamento no significa que la enseñanza del Antiguo Testamento es suficiente (a pesar de la curiosa afirmación de Bushell en la pág.20 de su libro, citada más arriba); de igual manera, el hecho de tener oraciones en el Antiguo Testamento no significa que las oraciones del Antiguo Testamento son suficientes; y el hecho de tener la interpretación profética de los hechos de Dios en el Antiguo Testamento no implica que tal interpretación profética es suficiente. En cada caso, cuando los eventos de la humillación y

resurrección de Cristo tuvieron lugar, Bushell (en el caso presente que estamos tratando) admite que la interpretación apostólica de aquellos eventos añade a nuestro entendimiento de Dios. Reconociendo esto, los defensores de la salmodia exclusiva deben explicar por qué el Salterio es suficiente para los cristianos de un modo que el resto del Antiguo Testamento no lo era. Bushell argumenta que el Salterio era una "colección" de cantos que debían ser cantados en la adoración, y que nos ha sido dado por Dios como nuestro himnario: "Si el Señor nos da un libro de salmos y nos manda la alabanza en canto, ¿no estamos obligados a usar la colección que él nos ha dado?" (p.13, énfasis añadido). La razón por la que Bushell excluye los cantos fuera del Salterio que encontramos en el resto del Antiguo Testamento, tales como el canto junto al mar o el canto de Débora, es porque no son parte de la "colección" divinamente legada.

Este argumento de la "colección" presenta varios problemas. Las Escrituras del Antiguo Testamento fueron "recogidas" como una colección canónica mucho antes del nacimiento de Cristo; así que, ¿por qué necesitaríamos más Escrituras después de que esta colección se nos dio? La proclamación pública de Cristo (o una buena parte de la misma) la encontramos recogida para nosotros en su Sermón del Monte; ¿significa esto que los predicadores hoy día solo pueden predicar el Sermón del Monte? Los cuatro Evangelios canónicos son claramente colecciones de material sobre la historia de la obra de Cristo; ¿significa esto que solo podemos hablar acerca de la obra de Cristo en las palabras de los Evangelios canónicos?

Estrictamente hablando, el Señor no nos "legó un libro de salmos". El Salterio canónico es en sí mismo una colección de cinco colecciones de Salmos, y ninguno de ellos nos fue "legado", al menos en el mismo sentido que el Decálogo fue legado a Moisés. El Decálogo fue dado una sola vez y "de golpe". El Salterio tuvo un progreso, se fueron añadiendo los diferentes salmos según se iban componiendo para las diferentes ocasiones. Ahora, si el hecho de que una colección inspirada, según esta forma de pensar, hace que sea suficiente, la conclusión es lógica. Después de que Dios dio a Israel la primera de esas colecciones de Salmos, ¿por qué necesitaban más colecciones? ¿Por qué hay cinco colecciones en el Salterio?

Los sermones apostólicos también fueron inspirados (tenemos un registro inspirado de los mismos). ¿Por qué no podríamos argumentar que los Hechos de los Apóstoles, que tienen una variedad de sermones predicados tanto a judíos como a gentiles en diferentes ocasiones, contienen una colección suficiente de sermones para dirigir a la iglesia hasta que Cristo regrese? ¿Por qué no podríamos, cada domingo, simplemente leer uno de los sermones de los Hechos? Al no hacerlo así, ¿estamos negando la suficiencia de las Escrituras? No, lo que simplemente estamos diciendo es que las Escrituras nos dan, tomadas en su totalidad, suficientes ejemplos de oraciones, sermones, y salmos/himnos, a través de los cuales podemos aprender a cómo orar, predicar y cantar.

Ya que el Nuevo Testamento no solo complementa al Antiguo Testamento en todas las demás áreas (y, en algunos casos, también en ese sentido de la adoración, ya que encontramos himnos neotestamentarios en el Nuevo Testamento), sino que además muestra que el Antiguo Testamento está incompleto para poder comprender la plenitud de la obra de Cristo, ¿por qué no se puede concluir que el Nuevo Testamento complementa al Antiguo Testamento en el área del contenido de la adoración? De hecho, Cristo dijo explícitamente que incluso su propia enseñanza terrenal debía ser complementada más tarde (Juan 16:12-13). Ahora, si el Antiguo Testamento, siendo complementado por la enseñanza de Cristo y sus apóstoles, es incompleto para instruirnos con respecto a la persona y obra de Cristo, ¿cómo puede ser que su himnario (del Antiguo Testamento) es adecuado para ofrecernos una alabanza y acción de gracias por la persona y obra de Cristo? ¿No nos dice esto que una colección de Salmos escrita antes de la humillación y exaltación de Cristo es inadecuada por sí sola para alabar y dar gracias por su humillación y exaltación?

IV. El principio regulativo de adoración según la salmodia exclusiva.

Los defensores de la salmodia exclusiva reconocen los "elementos" y las "circunstancias" de la adoración, pero suelen ignorar un tercer aspecto – las "formas" de la adoración. Los "elementos" de la adoración son, por ejemplo, la alabanza, la predicación, la oración, la ofrenda, los sacramentos, etc. Las "circunstancias" de la adoración se refieren al lugar, la hora, el número de reuniones públicas el domingo, la frecuencia con que se practica la Mesa del Señor, etc. Sin embargo, en ocasiones, dichos defensores encuentran dificultades en hacer una distinción entre los elementos y las circunstancias de la adoración. Una "forma" de adoración es el contenido lingüístico distintivo de un elemento de la adoración. Cuando uno opta por cantar el Salmo 8, en contraste con el Salmo 50, uno está seleccionando una forma en contraste con otra; y cuando uno escoge (especialmente en el Salterio métrico) una melodía musical diferente, uno está, de nuevo, seleccionando una forma diferente. La alabanza es un elemento de la adoración; pero qué canción cantar es una consideración de forma.

Cuando acudimos a la Confesión de Fe, encontramos que entendían estos conceptos y distinciones:

Catecismo Mayor, pregunta 186: "Toda la palabra de Dios es útil para dirigirnos en el deber de la oración; pero la regla especial para dirigirnos, es aquella forma de oración que Cristo nuestro Salvador enseñó a sus discípulos, comúnmente llamada El Padre Nuestro".

Catecismo Menor, pregunta 99: "Toda la palabra de Dios es útil para dirigirnos en la oración; pero la regla especial es aquella oración que Cristo enseñó a sus discípulos y que comúnmente se llama "El Padre Nuestro".

Cabe decir aquí que la Confesión de Fe de Westminster afirma que la adoración debe llevarse a cabo conforme a lo que Dios ha prescrito en su Palabra. Según la salmodia exclusiva, esta afirmación quiere decir que no podemos cantar nada sino los Salmos, los cuales han sido prescritos por Dios. Pero dichos defensores pasan por alto dos aspectos importantes. Primero, que la Confesión sigue diciendo sobre la adoración pública que también se debe adorar a Dios "por buena y necesaria consecuencia". Es decir, la adoración aceptable no solo consta de lo que Dios ha enseñado explícitamente, sino además, implícitamente. Por otra parte, si los defensores de la salmodia exclusiva son consecuentes con esa forma de interpretar estas palabras, están creando más problemas que los que pretenden solucionar: ¿dónde está prescrito en la Palabra de Dios la práctica del bautismo de nuestros niños? Esto solo se saca "por buena y necesaria consecuencia", es decir, es una enseñanza implícita en las Escrituras. ¿Y dónde está prescrito en las Escrituras la práctica de la Escuela Dominical? ¿Y dónde está prescrito en la Palabra que debamos tener una Confesión de Fe (la cual, sea dicho de paso, es de humana composición, y que es leída como parte constituyente de la adoración corporativa en muchísimas iglesias cuya práctica es la salmodia exclusiva)?

A todo esto, ¿cuáles eran las circunstancias en las que fue elaborada la Confesión de fe de Westminster? El contexto histórico tiene mucho que decir. El trasfondo histórico en Inglaterra significativamente impactó a la Asamblea y su entendimiento del principio regulativo. Existían leyes draconianas que gobernaban la adoración en la Iglesia de Inglaterra. La legislación parlamentaria especificaba que todos los ministros estaban obligados a llevar a cabo los cultos tal y como estaban escritos en El Libro de Oración Común. Si un ministro era condenado por desobediencia obstinada ante las cortes judiciales, perdía todos los beneficios espirituales y era encarcelado durante seis meses. Si caía en una segunda ofenda, la pena era un año de prisión. Si se daba una tercera ofensa, dicho ministro sufría la encarcelación de por vida. Si alguna persona escribía o hablaba en contra del Libro, en su tercera ofensa perdía todos sus bienes y sufriría cadena perpetua. Considerado en este contexto, la expresión de la Confesión de Fe de Westminster 21.1 ("El modo aceptable de adorar al verdadero Dios es instituido por él mismo, y está tan limitado por su propia voluntad revelada, que no se debe adorar a Dios conforme a las imaginaciones e invenciones de los hombres o a las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible o en ningún otro modo no prescrito en las Santas Escrituras"), es más

liberadora que restrictiva. Sujeta en su adoración a la dirección de la Palabra de Dios solamente, la iglesia está libre de los dictados del hombre, ya sea que sean contrarios a la Palabra o simplemente una adición a la misma. Así, el yugo de la imposición fue levantado.

Siguiendo con nuestra consideración del tema en cuestión, es muy interesante lo que también expresaron diferentes teólogos reformados de la historia con respecto a este término "forma" en la adoración:

Matthew Henry, en su libro A Method for Prayer (Un método para la oración), 1819, incluye un capítulo final titulado "Algunas Formas cortas de oración, para el uso de aquellos que no sean capaces de aplicar por sí mismos el material expuesto anteriormente". Y a continuación tenemos diferentes oraciones redactadas para diferentes ocasiones. Se puede ver que Matthew Henry entendía por "formas" el contenido, es decir, las palabras usadas en la oración.

Samuel Miller hizo referencia al Libro de Orden Común de Ginebra y su uso en Escocia, al decir: "But it is equally certain, that the prayers and other forms prescribed in that book were not intended to be thoughout rigorously imposed on the conductors of public worship. It was, in fact, rather a "Directory" for the worship of God, than a liturgy to be verbally and servilely repeated". ("Pero es igualmente cierto, que las oraciones y otras formas prescritas en ese libro no tienen el absoluto propósito de ser impuestas de manera rigurosa sobre aquellos que dirigen la adoración pública. Era, de hecho, un "Directorio" para la adoración a Dios más que una liturgia que debía repetirse verbal y servilmente" (Thoughts on Public Prayer, Pensamientos sobre la oración pública, 1849, pág.135).

Charles Hodge también parece ser conocedor del uso de este término, cuando dijo: "The Scriptures, therefore, which in all things outward, conform to what is the inward product of the Spirit, do not prescribe any form of words to be used in the worship of God. There are no indications of the use of liturgies in the New Testament. There is no evidence of the prevalence of the written forms during the first three centuries" ("Las Escrituras...no prescriben ninguna forma de palabras que deban ser usadas en la adoración a Dios. No hay indicaciones del uso de liturgias en el Nuevo Testamento. No hay evidencia de la prevalencia de formas escritas durante los tres primeros siglos"), (Discussions in Church Polity, Discusiones sobre el gobierno de la Iglesia, Nueva York, 1878, pág.159).

William Orme, en su Life and Times of Richard Baxter, Vida y época de Richard Baxter, pág.748, comentó sobre la liturgia que Richard Baxter había compuesto: "It is not too much to say, that it is remarkable for simplicity, appropriateness, and fulness. The forms of prayer contain variety without repetition, and are so scriptural that they are made up almost entirely of scriptural language; references to which he has thrown into the margin" ("No es demasiado decir, que son formidables en su simplicidad, conveniencia y plenitud. Las formas de oración contienen variedad sin repetición, y son tan bíblicas que están formadas de un lenguaje casi enteramente escritural; referencias a las cuales él ha puesto en el margen" (Citado en Charles Baird, Presbyterian Liturgies: Historical Sketches. 1856. Grand Rapids: Baker, 1960, pág.171).

De estos ejemplos citados arriba, podemos observar que una "forma" es diferente a un "elemento" o una "circunstancia" de la adoración, y que una forma es el contenido léxico particular de un elemento. La oración llamada El Padrenuestro, a la que hace referencia el Catecismo, es una "forma" porque es una oración particular, una oración con un contenido específico que la distingue de otras oraciones.

Las citas dadas arriba muestran que la "forma" describe el contenido particular de un elemento particular en la adoración, ya sea propuesta como ejemplo o impuesta como una necesidad que debe ser seguida de memoria.

¿Qué ocurre cuando no se tiene en cuenta este tercer aspecto de la adoración? Lo que ocurre con Bushell, que se encuentra en la difícil tarea de determinar si el contenido de la alabanza es un elemento o una circunstancia. Forzado a hacer una elección, opta por el elemento (que en ocasiones lo llamada "sustancia", o "sustancial" como en la siguiente cita), diciendo: "Pero debido a que las palabras de los cantos que se cantan en la adoración pública necesariamente tienen un significado espiritual y religioso, también deben ser considerados como partes

sustanciales de la adoración y, por tanto, no se encuentran dentro del ámbito de las facultades discrecionales de la Iglesia" (págs.133-134). Pero este argumento cae por su propio peso. Si el criterio es que las palabras que "tienen un significado espiritual y religioso" son elementales, y por tanto, no se pueden dejar a la discreción, entonces, ¿qué implica esto con respecto a la predicación y la oración? La implicación de ser consecuentes con este argumento nos llevaría a una de dos cosas: o bien nos vemos forzados a predicar y orar sobre cosas que no son "espirituales y religiosas" en su significado (por ejemplo, sermones que hablen de la política); o, si escogemos predicar y orar sobre cosas que son espirituales y religiosas, entonces debemos hacerlo leyendo solo los sermones y las oraciones que se encuentran en las Escrituras.

Este problema surge del trato que la salmodia exclusiva hace entre un elemento de la adoración (cantos de alabanza) y la forma en que debe ser regulado, y los otros elementos de la adoración. Para aquellos que tenemos unos principios que gobiernan y regulan todos los elementos de la adoración con el mismo criterio tal problema no existe.

V. La arbitrariedad de regular las palabras de un elemento de la adoración de manera diferente a las palabras de otros elementos de la adoración.

Este problema mencionado anteriormente subraya lo curioso del caso de la salmodia exclusiva: tiene un criterio diferente para regular el canto en la adoración que el que tiene para regular la administración de la palabra, los sacramentos o la oración. No es erróneo predicar sermones "de humana composición", no es erróneo orar oraciones "de humana composición", ni tampoco es erróneo confesar la fe en credos "de humana composición"; pero es erróneo, según la salmodia exclusiva, cantar cantos de humana composición. Además, todavía los defensores de la salmodia exclusiva tienen que establecer todavía por qué el elemento de la alabanza es diferente a los otros elementos de la adoración hasta tal punto que se requiere que este elemento sea regulado de manera diferente a los otros elementos.

Mientras que es cierto que hay cierta diferencia entre cantar y orar, por ejemplo en estilo – la oración es prosa y la alabanza es canto melódico, en realidad no son tan diferentes como actos devocionales cuando las Escrituras se refieren a ambos con el mismo término. El apóstol Pablo los considera aspectos muy similares y, por tanto, sus instrucciones para ambos son idénticas. Es decir, Pablo regula el contenido léxico de la oración y la alabanza con el mismo criterio: "¿Qué, pues? Oraré con el espíritu, pero oraré también con el entendimiento; cantaré con el espíritu, pero cantaré también con el entendimiento" (1 Cor.14.15).

CONCLUSIÓN

Las Escrituras mismas llaman al pueblo de Dios a alabarle y darle las gracias por su persona y sus obras, de forma exhaustiva como de manera particular, sugiriendo que también debe ser alabado por su acto más grande de redención, la redención de los elegidos de la maldición del pecado en Adán a través de la obra de Cristo. También hay un patrón en las Escrituras de que en cada época importante de la historia de la redención, el acto redentor de Dios es seguido por una interpretación profética de dicho acto y por una respuesta devocional por parte del pueblo de Dios. La oración y la alabanza son tan similares en las Escrituras que con frecuencia se hace referencia a ambos con el mismo término, sugiriendo con ello que no son lo suficientemente diferentes como para necesitar que sean regulados de manera diferente. Además, los santos en su estado escatológico alabando a Dios nunca se presentan haciendo uso de los Salmos canónicos en su alabanza. Por tanto, concluimos que la salmodia exclusiva no solo no es requerida por la Escritura, sino contraria a lo que las Escrituras enseñan. Esta práctica es una violación tanto del patrón de la Escritura como la enseñanza expresa de la misma; y, curiosamente, una violación tanto del patrón de los Salmos canónicos como la enseñanza expresa de los mismos. Irónicamente, para ser un salmista exclusivo, uno debe "excluir" tanto el patrón como la enseñanza de los mismos Salmos.

Por Angel Alvarez

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